Poder Judicial dispone función para retener Bono Clase Media a deudores de pensión alimenticia

Tal como lo anunció la Ministra Karla Rubilar, se podrá retener el 50% del Bono Clase Media a los deudores de pensión alimenticia.

El Poder Judicial habilitó una función para poder retener hasta el 50% del bono de clase media a deudores de pensión alimenticia, según lo anunciado por la Ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, la semana pasada.

«Permite requerir al tribunal que ordene retener hasta el 50% de los beneficios a que se refieren estas leyes, para destinarlos al pago de deudas por pensión de alimentos. El tribunal además, realizará la liquidación cuando corresponda», señalaron a través de su página web.

Lee también: Las dificultades para acceder al Bono Clase Media: Hasta cuándo se puede postular

Esta solicitud se puede realizar vía online en Trámite Fácil del Poder Judicial, y se debe contar con la Clave Única o la clave del Poder Judicial, conocida también como segunda clave. Posteriormente se debe seleccionar “retención del aporte a la clase media (leyes 21.242 y 21.252) y liquidación”.

Quien realice este trámite tendrán que llenar el formulario en la causa correspondiente. Una vez terminado el proceso, se enviará al correo inscrito los documentos de la solicitud.

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