Natalia Valdebenito se defiente tras fallo judicial en su contra: «En ningún momento me burlé de la tragedia en El Teniente»

“Puede una expresión determinada ser reprochable moral o valóricamente, lo cual no significa que jurídicamente lo sea”, señaló la comediante.

Natalia Valdebenito

Natalia Valdebenito

Durante la semana pasada, la Corte de Apelaciones de La Serena acogió a tramitación el recurso de protección contra Natalia Valdebenito.

El fallo prohíbe que la comediante realice rutinas humorísticas sobre la tragedia ocurrida en El Teniente el pasado 31 de julio, que terminó con la muerte de seis mineros. Esto, mientras se resuelve el fondo del recurso.

Cabe destacar que el recurso de protección fue interpuesto por la pareja e hijos de Paulo Marín, uno de los mineros fallecidos.

¿Qué dijo Natalia Valdebenito?

Este lunes, Natalia Valdebenito presentó un documento ante la Corte de Apelaciones de La Serena el pasado 5 de septiembre.

A través de siete páginas, la comediante evacuó el informe solicitado por el tribunal.

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"“Yo ya lo tengo decidido por una serie de razones personales que no voy a revelar, porque son parte de mi intimidad ciudadana”, señaló."

En él, Natalia explicó el contexto de la situación y defendió sus polémicos dichos, argumentando que durante la rutina «se estaba burlando de ella misma».

“Llegué a tal extremo que dije que yo sería la única que me habría alegrado con lo sucedido en la mina El Teniente. El sentido de mis expresiones es que ese caso es tan grave, que me permitía salir por algunos momentos de la escena”, declaró Natalia.

Asegurando que “en ningún momento me burlé de la tragedia ocurrida en la mina El Teniente. Muy por el contrario, en dicha presentación me burlo de mí misma, lo que es una máxima de la comedia. Una exageración, una sublimación de lo normal para dar a entender algo”, sostuvo.

También, el documento apunta a que “puede una expresión determinada ser reprochable moral o valóricamente, lo cual no significa que jurídicamente lo sea”.

“Si en este caso concreto se llegase a sostener que ha existido un posible abuso de la libertad de expresión, esto no justifica de manera alguna la adopción de medidas de control preventivo. Toda vez que se estaría vulnerando abierta y flagrantemente el ordenamiento jurídico interno como internacional”, continúa el documento.

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Finalmente, Natalia señaló que: “no se vislumbra cómo el acto reprochado pueda calificarse de arbitrario e ilegal. Toda vez que se encuentra acogido por el estatuto del libre ejercicio de la libertad de expresión que se le reconoce a toda persona en nuestro país. En otras palabras, en el escrito de protección no se realiza por parte de la recurrente un ejercicio básico de subsunción. En cuanto a establecer de qué manera el acto reprochado cumple con los requisitos mínimos para interponer la acción cautelar, sin -aun más- vulnerar el legítimo derecho a la libertad de expresión”, cerró.

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