Bono por Hijo: ¿Cómo puedo postular al beneficio?

El Instituto de Previsión Social (IPS) tiene a disposición de la ciudadanía el Bono por Hijo. Se trata de un subsidio estatal que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega por cada hijo nacido vivo o adoptado.

¿Quiénes pueden recibir el Bono por Hijo?

Las madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009, deben cumplir con los siguientes requisitos:

A las madres que fueron exiliadas y se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se les considerará tanto el tiempo que vivieron en el extranjero como el residio en Chile.

¿Cuál es el monto del beneficio?

El monto por hijo es equivalente al 20% de 18 ingresos mínimos mensuales, vigentes al mes de nacimiento. Este monto acumula rentabilidad hasta que la mujer cumple 65 años. Se calcula de la siguiente manera:

En caso de hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

Vigencia

¿Cómo puedo solicitar el bono?

El Instituto de Previsión Social (IPS) emitirá una resolución que concede o rechaza el beneficio. Ésta deberá ser retirada en persona o por un representante legal en los puntos de atención IPS-ChileAtiende.

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