A partir de este sábado 25 de octubre, ya se encuentra disponible el listado de personas designadas como vocales de mesa para las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias, programadas para el domingo 16 de noviembre.
Esta publicación se enmarca en la reciente ley 21.779, promulgada el jueves 23 de octubre, que introduce modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios.
Entre los cambios más relevantes se encuentra la forma en que se informa la nómina de vocales de mesa: desde ahora, ya no se notificará mediante carta certificada ni a través de diarios de circulación nacional, como se hacía en elecciones anteriores.
¿Cuándo y dónde se publica el listado?
El Servicio Electoral (Servel) informó que la nómina con los 203.646 vocales de mesa convocados está disponible desde las 00:00 horas de este sábado 25 de octubre.
Para conocer si fuiste designado, debes ingresar al sitio oficial del Servel haciendo click en el siguiente enlace. Luego debes dirigirte al apartado “Consulta de Datos Electorales”, donde se solicita ingresar el RUT y resolver un CAPTCHA para acceder a la información.
De esta forma, el listado estará exclusivamente disponible en línea, buscando modernizar el proceso y garantizar un acceso más rápido y seguro a los datos electorales.
¿Cuál es el monto de pago para los designados?
Las personas que deban cumplir funciones como vocales de mesa recibirán una compensación económica equivalente a dos tercios de una Unidad de Fomento (UF), es decir, cerca de $26.000 pesos chilenos.
Además, quienes hayan sido nombrados por primera vez y participen de la capacitación previa recibirán una bonificación adicional de 0,22 UF, lo que corresponde aproximadamente a $8.600 pesos.
¿Cuál es el monto de la multa por no asistir?
El rol de vocal de mesa es de carácter obligatorio, por lo que no asistir sin una causa justificada constituye una infracción electoral.
Las sanciones por incumplimiento van desde 2 a 8 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, entre $138.500 y $554.000 pesos, montos que se destinan a beneficio municipal.
¿Cuáles son las excusas para no ser vocal?
Aquellas personas que fueron designadas en la primera nómina y que no puedan cumplir con esta labor podrán presentar sus excusas ante la Junta Electoral correspondiente.
El plazo para realizar este trámite será entre el 27 y el 29 de octubre, periodo en el cual los ciudadanos deberán justificar su imposibilidad de participar en la jornada electoral.
Los motivos que tendrás validez para excusarse son los siguientes, según detalla la Ley 18.700:
- Tener más de 70 años de edad.
- Estar fuera del país o residir en una zona ubicada a más de 300 kilómetros del lugar donde se debe votar, o en una localidad sin medios de comunicación expeditos.
- Haber sido designado miembro del Colegio Escrutador o encontrarse dentro de las causales de inhabilidad establecidas por ley.
- Estar en periodo de embarazo.
- Ser madre o padre de un niño menor de dos años.
- Ser cuidador o cuidadora de adultos mayores, personas con discapacidad, dependencia o necesidades especiales, así como quienes trabajen en establecimientos de larga estadía.
- Presentar una condición física o mental que impida cumplir la función.
- Desempeñar labores en establecimientos hospitalarios durante la jornada electoral.
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