El Servicio de Impuestos Internos (SII) recuerda que todos los contribuyentes tienen derecho a solicitar la condonación de intereses y multas derivadas de deudas tributarias.
Estas pueden corresponder a infracciones, diferencias de impuestos no declarados o pagos fuera de plazo, entre otras situaciones.
La condonación puede aplicarse a intereses penales, multas por infracciones tributarias y giros que no conllevan pago de impuestos. También es aplicable en casos de contribuciones no pagadas a tiempo.
La autoridad competente para otorgar este beneficio es el Director Regional del SII, el Director de Grandes Contribuyentes o el Subdirector de Fiscalización.
¿Cuáles contribuyentes pueden realizar este trámite?
Toda persona o empresa que registre deudas tributarias que incluyan intereses o multas. También puede realizarlo un mandatario autorizado notarialmente, en representación del contribuyente.
¿Cuándo se debe realizar la solicitud de condonación de deuda?
La solicitud puede hacerse una vez emitido el giro correspondiente. En el caso de cuotas de contribuciones de bienes raíces, puede presentarse al mes siguiente del vencimiento legal.
La política de condonación vigente considera la antigüedad de la deuda como uno de los factores para determinar el porcentaje de condonación aplicable.
Trámite en línea
Los contribuyentes pueden solicitar la condonación a través del sitio web del SII (www.sii.cl), accediendo con RUT y clave secreta. La ruta dependerá del tipo de infracción:
- Para impuestos mensuales (formularios 29 y 50): Servicios Online , Impuestos Mensuales, Consulta y seguimiento.
- Para infracciones: Servicios Online, Menú Infracciones, Pagos de Giros y Condonaciones, Cartola de Denuncias y Giros Asociados.
- Para formularios 22, declaraciones juradas y diferencias de impuestos: Servicios Online, Menú Infracciones y Pago de Giros.
En todos los casos, se requiere conexión a Internet, clave secreta y fondos disponibles en cuenta bancaria o tarjeta para realizar el pago, según consignó La Hora.
Trámite presencial
También es posible realizar la solicitud en las oficinas del SII, utilizando el Formulario N°2667. El contribuyente debe acudir personalmente o ser representado legalmente, llevando:
- Formulario 2667 debidamente completado.
- Giro emitido por el SII o la Tesorería General de la República.
- Cédula de identidad vigente del solicitante o representante legal.
- E-RUT en el caso de personas jurídicas.
Si el trámite lo realiza un tercero, debe presentar poder notarial, cédulas legalizadas de los representados y su propio documento de identidad vigente.
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