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Uno de los tantos beneficios estatales disponibles para la ciudadanía, es el Bono Post Laboral.
A partir de la descripción de la Superintendencia de Pensiones (SDP), el bono corresponde a un pago mensual para trabajadores del sector público que tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones.
Además, se entrega por toda la vida y no es imponible, ni constituye indemnización o renta.
El monto del Bono Post Laboral se reajusta en febrero de cada año, según la variación que experimenta el IPC.
Durante este 2025, la cifra asciende a $98.670 al mes.
Estas son las personas que pueden acceder al Bono Post Laboral
Según consigna Meganoticias, quiénes pueden solicitar el beneficio son las personas que trabajen en:
- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Universidades estatales.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- Fonadis.
- Sercotec.
- Conaf
¿Qué requisitos deben cumplir?
Además de desempeñarse en los oficios ya mencionados, los postulantes deben:
- Tener 60 años en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres (edad mínima de jubilación).
- Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones antes mencionadas.
- Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
- Cesar en el cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.
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