Agencia Uno
¿Terminando tu etapa escolar? Quizá podrías ser uno de los beneficiarios al Bono Enseñanza Media, entregado por el Gobierno. El también llamado Bono por Graduación de 4° Medio es un beneficio destinado a los participantes de Chile Seguridades y Oportunidades.
Dicho bono corresponde a un pago único, una vez que el estudiante finaliza su etapa escolar.
Cabe destacar que es un bono no postulable y con pago automático que se activa automáticamente al cumplir con los requisitos.
¿Cuáles son los requisitos del Bono Enseñanza Media?
A partir de la información entregada por el Gobierno, son beneficiarios aquellos que.
- Participen individualmente o ser integrante de una familia que participe efectivamente de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades.
- Sean mayor de 24 años de edad a la fecha de haber terminado satisfactoriamente sus estudios de 4° Medio. Que le permiten recibir su Licencia de Educación Media. Estos estudios deben haber sido cursados en una institución reconocida por el Ministerio de Educación.
- Que la Licencia de Enseñanza Media se haya obtenido durante el período de participación efectiva en los programas de Chile Seguridades y Oportunidades.
La acreditación de estos requisitos la hace directamente el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Esto, a partir de las bases de datos y registros administrativos que le informa el Ministerio de Educación.
¿Cuál es el monto del Bono Graduación de Cuarto Medio 2025?
El año pasado, el Bono Graduación de Cuarto Medio entregó una cifra equivalente a $69.902.
De acuerdo a la variación del IPC durante del año anterior, el monto correspondiente a 2025 será de $73.048. Así, representando un alza de $3.146.
Cómo saber si eres beneficiario
Como fue mencionado anteriormente, el Bono Graduación no requiere postulación.
Los beneficiarios recibirán un depósito a su Cuenta RUT de manera automática. Sin embargo, aquellos que, al momento de recibir el pago, no tengan activada su Cuenta RUT, tendrán un plazo de 18 meses para activarla. De no hacerlo durante ese lapso, se entenderá que el beneficiario renunció al bono, sin poder cobrarlo con posterioridad.
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