Agencia UNO
Cada año, miles de chilenos deben declarar sus impuestos al Servicio de Impuestos Internos (SII). Dicho proceso anual se inicia entre marzo y abril y es aquí dónde muchos se preguntan quiénes deben realizar el trámite y hasta cuándo pueden hacerlo.
En este caso, aquellas personas naturales o jurídicas, podrán hacer su declaración a partir de este martes 1 de abril.
Recordemos que el trámite permite que muchos clientes y trabajadores se vean beneficiados con la devolución de sus impuestos, pertenecientes al año tributario anterior.
¿Quiénes deben realizar el trámite?
- Aquellos con ingresos anuales superiores a $10.402.992, salvo que provengan de un único empleador.
- Personas con más de un empleador o pagador durante el año.
- Quienes emitieron boletas de honorarios y quieren optar a la cobertura previsional total o parcial.
- Contribuyentes con ingresos provenientes de inversiones, arriendos, compraventa de acciones o criptomonedas.
- Aquellos que buscan acceder a beneficios tributarios específicos.
Además, según consigna Mega, la devolución de impuestos la recibirán aquellos contribuyentes que queden con un saldo a favor tras la declaración de renta.
Fechas clave de la Operación Renta 2025
- 1 de marzo: Inicio del envío de Declaraciones Juradas (DDJJ).
- 1 de abril: Apertura para presentar el Formulario 22 (F22).
- 30 de abril: Fecha límite para enviar la declaración.
- 15 de mayo: Último día para corregir o rectificar declaraciones, si es necesario.
Es fundamental cumplir con los plazos del SII. De esta manera, podrás recibir mucho más rápido la devolución de tu dinero.
Según el portal, las declaraciones realizadas entre el 1 y el 21 de abril permiten recibir la devolución el 15 de mayo. Por otra parte, las hechas del 22 al 30 de abril se reembolsarán el 30 de mayo.
¿Podrías no recibir el pago?
No obstante, el SII consignó que existe la posibilidad de no recibir el pago, a pesar de que este haya sido aceptado.
Las causas pueden ser las siguientes:
- Deudas por Pensión Alimenticia.
- Retenciones de crédito universitario solidario o con aval del Estado.
- Retención SENCE subsidio al empleo.
- Retenciones Judiciales.
- Retenciones Judiciales Previsionales.
- Retención registro evasores transporte (evasores RED).
- Retenciones de instituciones de salud.
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