Agencia Uno
La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), protege a aquellos trabajadores por el Código del Trabajo, en caso de quedar cesantes.
Según el sitio web de Chile Atiende, cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Esta, se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si queda cesante podrá retirar el dinero en giros mensuales. De no tener fondos, puede recurrir al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) siempre que cumpla con las causales de término y las cotizaciones.
Quienes no cumplen los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
¿Cómo acceder al retiro total de la AFC?
Para concretar el retiro, los requisitos son: estar afiliado al Seguro de Cesantía y ser pensionado.
Además, aquellos afiliados pensionados también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.
Estos son los tipos de pensión que pueden acceder al beneficio
Pensión pagada por las AFP, ya sea por:
- Vejez (a la edad legal o anticipada).
- Invalidez total, acreditado con un certificado emitido por la AFP.
- Invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado, lo que debe acreditarse con un certificado emitido por la AFP.
- Pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
- Pensión de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
- Pensión del régimen previsional antiguo (IPS).
- Pensión por enfermedad terminal (Ley 21.309).
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