Comenzaron las postulaciones para el Subsidio de Arriendo 2025: Te mostramos todo lo que necesitas saber

El MINVU abrió la convocatoria este martes para que las familias interesadas en obtener este beneficio puedan postular.

Subsidio de arriendo

Subsidio de arriendo

Este martes 7 de octubre inició el proceso de postulación para el Subsidio de Arriendo 2025 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Minvu.

Las personas interesadas en adquirir la ayuda económica deberán completar el trámite a través del sitio web del organismo de vivienda o en las oficinas a lo largo de todo el país.

El llamado se extenderá hasta el viernes 14 de noviembre de 2025.

¿Qué es el Subsidio de Arriendo?

Este beneficio es temporal y se dirige a familias con necesidad de solución habitacional por un tiempo determinado (máximo ocho años).

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El monto total de la ayuda es de 170 UF (Unidades de Fomento).

Este dinero se entrega de forma mensual, con un tope de 4,2 UF, y puede ser utilizado de forma consecutiva o parcializada en un plazo máximo de ocho años.

Es importante notar que el valor de la vivienda que se arriende no puede superar las 11 UF en la mayor parte del país.

Sin embargo, este tope se eleva a 13 UF (con un subsidio máximo de 4,9 UF mensuales) en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes.

Requisitos para postular

Quienes pueden postular son familias allegadas o que ya son arrendatarias.

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Deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Edad: Tener un mínimo de 18 años y contar con cédula de identidad vigente (o cédula de identidad para extranjeros vigente).
  2. Núcleo familiar: Postular al menos con tu cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. La única excepción es para las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, quienes no necesitan contar con núcleo familiar.
  3. Registro Social de Hogares (RSH): Deben estar inscritos en el RSH y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%. Solo se aceptará una postulación por RSH en cada llamado.
  4. Ahorro: Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda, a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
  5. Ingreso familiar: Tener un ingreso familiar de entre 7 y 25 UF. Cabe destacar que por cada integrante familiar por sobre el tercero, el ingreso máximo mensual permitido aumentará en 8 UF.

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