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Licencias médicas: Autorizan a Isapres y Compin usar fotos de redes sociales para fiscalizar el reposo médico

La Suseso también permitirá registros de aduanas, del SII, la PDI y otras instituciones que puedan entregar indicios de incumplimiento de las licencias médicas.

Licencias médicas

Gettys Images

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) emitió la Circular N°3890, modificando el Compendio de Normas sobre Licencias Médicas.

El objetivo de la medida es fortalecer la fiscalización ante casos de fraude en licencias.

Hecho que ocurre luego del escándalo donde la Contraloría de la República detectó que miles de empleados públicos usaron sus días de reposo para viajar fuera del país.

Las nuevas acciones establecen que las Isapres y el COMPIN podrán solicitar información a otras entidades para verificar el cumplimiento del reposo médico.

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Redes sociales «prueba válida» por incumplimiento de licencias médicas

La circular permite que entidades como la Policía de Investigaciones (PDI), el Servicio de Impuestos Internos (SII) o incluso publicaciones en internet sirvan como prueba válida de actividad laboral o desplazamiento durante un periodo de reposo.

Por ejemplo, una fotografía publicada en alguna red social durante unas vacaciones o un registro de viaje en Aduanas, se podría considerar como indicio de incumplimiento de reposo.

Esto siempre y cuando la fecha coincida con los días de incapacidad laboral, de acuerdo con la mencionada circular. 

La Suseso enfatiza que estos antecedentes deben ser fehacientes, verificables y con claridad sobre la fecha y el contexto del hecho.

En paralelo, las instituciones podrán constatar si un trabajador realizó labores remuneradas durante su licencia médica revisando registros de atención médica, boletas emitidas o actividades registradas en plataformas públicas.

Excepciones 

La nueva normativa también aclara los casos que no ameritan sanción como incumplimiento del reposo, lo cual incluye:

  • Motivos psiquiátricos: Salir del domicilio por motivos psiquiátricos no se considera una falta, siempre que la persona permanezca dentro del país.
  • Actos cívicos y salud: Actos como ir a votar en elecciones obligatorias o comprar medicamentos tampoco serán sanciones de incumplimiento.

La circular entrará en vigencia tras su publicación oficial en el sitio web de la Superintendencia a través de la Circular 3890.

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