Feriado 31 de octubre ¿es irrenunciable?: funcionamiento de malls y supermercados para este fin de semana de halloween

Este fin de semana hay dos festivos consecutivos en el calendario oficial de Chile: Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes y el Día de los Santos.

Halloween en Chile

Halloween en Chile

Este sábado 31 de octubre y el domingo 1 de noviembre corresponden a dos festivos consecutivos en el calendario oficial de Chile.

En la primera jornada se conmemora el Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes (fecha que además coincide con la celebración popular de Halloween). Mientras que la jornada dominical corresponde al Día de Todos los Santos.

Ante la proximidad de ambas fechas, surge la duda recurrente entre los consumidores respecto al funcionamiento del comercio, supermercados y centros comerciales.

Leer también:

Declaran Alerta Temprana en Santiago por lluvias y posibles tormentas eléctricas con granizos: ¿Hasta cuándo lloverá?

"La medida se mantendrá vigente «desde hoy y hasta que las condiciones así lo ameriten» debido al paso del nuevo sistema frontal."

¿El 31 de octubre y el 1 de noviembre son feriados irrenunciables?

No. Ninguno de estos dos días tiene el carácter de feriado irrenunciable según la legislación laboral chilena.  

Al tratarse de festivos religiosos y civiles comunes, el comercio en general está facultado para operar de forma habitual.

Leer también:

Proponen nuevo retiro de AFP en Chile tras considerar que "hay una crisis de empleo y vienen malas noticias"

"La voz del Partido de la Gente, Franco Parisi, aseguró que hay una propuesta para el retiro de fondos de pensiones."

Esto significa que tanto los supermercados como los malls, tiendas de retail y pequeños comercios pueden abrir sus puertas de forma normal o fijar horarios especiales de atención según la determinación de cada empresa.  

¿Cuáles son los únicos feriados irrenunciables en Chile? 

La ley chilena establece únicamente cinco feriados irrenunciables obligatorios para los trabajadores del comercio durante el año:  

  1. 1 de enero: Año Nuevo.  
  2. 1 de mayo: Día del Trabajador.  
  3. 18 de septiembre: Fiestas Patrias.  
  4. 19 de septiembre: Glorias del Ejército.  
  5. 25 de diciembre: Navidad. 

Durante estas cinco fechas específicas, el comercio debe permanecer cerrado obligatoriamente y los empleadores deben otorgar descanso a sus trabajadores, bajo sanción de multas en caso de incumplimiento.  

Excepciones a la regla de feriados irrenunciables 

Incluso en los cinco días irrenunciables fijados por ley, existen rubros exceptuados que sí están autorizados para prestar servicios:  

Leer también: Bono para familias de hasta $58 mil por 24 meses: revisa si eres beneficiario del aporte económico

Lo último

“¿Cómo andamos por casa?” regala gift card de $100 mil para Halloween: Revisa cómo participar

Conoce los requisitos para participar en el concurso de Radio Pudahuel y tener la oportunidad de ganar el monto.

«Estamos rezando muchísimo»: reconocida animadora de TV lucha por su vida en la UCI y su expareja rompe el silencio

Desde hace 10 días aproximadamente, la presentadora de TV mantiene un cuadro médico complejo bajo sedación y ventilación mecánica.

Millonaria multa contra canal de TV tras polémicos dichos de uno de sus rostros en vivo

La Justicia ratificó la sanción de 20 UTM, equivalente a cerca de $1,4 millones.