Skip to main content

Millonaria multa contra canal de TV tras polémicos dichos de uno de sus rostros en vivo

La Justicia ratificó la sanción de 20 UTM, equivalente a cerca de $1,4 millones.

Programa De Espectáculos Sígueme

TV+

La disputa televisiva entre Daniela Aránguiz y Cony Capelli tuvo un nuevo capítulo en tribunales. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) impuso a TV+ por las descalificaciones emitidas en el programa Sígueme.

La resolución fue dictada por la Séptima Sala el pasado 21 de octubre. Con esta decisión, el tribunal rechazó la reclamación presentada por la señal y mantuvo la sanción de 20 UTM, aplicada por una emisión de septiembre de 2025.

Leer también:

Cantande (1)

Conocido cantante chileno se encuentra en el hospital: “solo Dios sabe si vivo”

"“Luchar por la vida no es fácil”, escribió en un crudo registro desde el centro de salud en sus RRSS."

¿Por qué multaron a TV+ por los dichos de Daniela Aránguiz?

El caso se originó en un segmento emitido el 25 de septiembre de 2025, cuando Aránguiz se refirió a Capelli con expresiones como “mentirosa”, “regalada” y “drogadicta”. También la emplazó públicamente a realizarse un examen de sangre.

Tras la emisión, el CNTV recibió 404 denuncias y determinó que el contenido presentaba un trato denigrante, además de exponer a la audiencia infantil a un modelo basado en la burla y el menosprecio.

El organismo aplicó la sanción el 24 de febrero de 2026. Sin embargo, TV+ recurrió a la Justicia para intentar revertir la multa, argumentando que los dichos debían analizarse dentro del contexto de la disputa pública entre ambas figuras y que estaban amparados por la libertad de expresión.

La respuesta de la Corte de Apelaciones

El tribunal descartó los argumentos del canal y recordó que la libertad de expresión no es absoluta, pues también debe respetar la dignidad de las personas.

En su análisis, la Corte estimó que las expresiones utilizadas contra Capelli “exceden el margen de la crítica y de la vehemencia admisibles”. Además, señaló que los programas de farándula están sujetos a fiscalización, al igual que otros espacios televisivos.

La resolución también abordó el horario de protección de menores. Según el fallo, no era necesario demostrar cuántos niños o adolescentes vieron la emisión para establecer la infracción, ya que esta tiene un carácter preventivo.

De esta forma, la Corte mantuvo la multa de 20 UTM y descartó que la sanción careciera de fundamentos o fuera desproporcionada.

La decisión se conoce a pocos días del cierre de Sígueme, cuya última emisión está prevista para el viernes 30 de octubre.

Contenido patrocinado