Si eres cuidador de personas en situaciones de discapacidad severa, te contamos que puedes acceder a uno de los beneficios del Estado. Esto corresponde al llamado «Pago de Cuidadores de Personas con Discapacidad».
Este beneficio consiste en un aporte económico que está a cargo del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y cuyo pago lo efectúa mensualmente el Instituto de Previsión Social (IPS) a nombre del cuidador o cuidadora en la modalidad de depósito bancario.
¿Quiénes pueden recibir este aporte?
Los cuidadores tienen que cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar inscritos en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, otro).
- Los cuidadores no deben recibir remuneración.
- No deben trabajar en establecimientos de larga estadía (asilos) para adultos mayores o en establecimientos de larga estadía para personas de menor edad (hogares, casas de acogida).
¿Cómo obtener el beneficio?
A través de la página web se señala que no se necesitan documentos. La postulación de cuidadores al programa de pago es realizada por el equipo médico de los centros de atención primaria.
¿Cuál es el monto que aporta el beneficio?
El bono contempla un monto máximo mensual de $32.991, que se reajusta año a año en base a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Este monto se comenzará a recibir desde el mismo mes en que sea otorgado y se mantendrá mientras se cumplan los requisitos. Además, la ayuda es compatibles con otros beneficios que entrega el Estado como Bono por Hijo, Bono al Trabajo de la Mujer, entre otros.
Para leer más información sobre este beneficio puedes hacer click en el siguiente enlace.
Lee también: Pablo Aguilera: Más de 60 años siendo la voz más potente de Chile