Mega/CNTV
La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó recientemente un reclamo de ilegalidad interpuesto por la señal de televisión Mega (Megamedia) contra el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), debido a una multa recibida.
Esta decisión ratifica una sanción económica por la exhibición de contenido considerado inapropiado en horario de protección de menores.
La sanción económica se fijó en 80 UTM, lo que equivale a poco más de $5,5 millones.
El origen de la multa a Mega
La multa se originó el 21 de noviembre del año 2023, cuando la señal transmitió publicidad de plataformas digitales de apuestas online en horario inadecuado.
El CNTV, ente fiscalizador, consideró que este contenido podía afectar negativamente la formación espiritual e intelectual de los niños, niñas y adolescentes.
Esto debido a que el horario de protección al menor se extiende en Chile desde las 06:00 hasta las 21:00 horas.
Durante este periodo, se debe evitar la emisión de contenidos violentos, obscenos o inapropiados para la audiencia infantil.
Argumentos y fallo judicial
Mega argumentó ante la Corte de Apelaciones que los spots publicitarios correspondían a apuestas deportivas legítimas y permitidas, y cuestionó la proporcionalidad de la sanción impuesta.
De acuerdo con información publicado por el medio ADN Radio, el Consejo Nacional de Televisión respaldó la legalidad de su resolución.
Indicó que actuó conforme a sus facultades al considerar que el contenido no era apropiado para menores de edad. Sin que esto implicara un cuestionamiento a la legalidad de la actividad promocionada en sí misma.
La Corte de Apelaciones falló a favor de la entidad reguladora y ratificó la sanción contra el canal privado Mega. Este deberá pagar la multa de $5,5 millones.
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