La transmisión en vivo que puso en aprietos a Jorge Alís: «Es ilegal»

El comediante y actor Jorge Alís se grabó en las urnas, cuando sus seguidores le advirtieron los peligros. Aquí el video.

Con el fin de motivar a sus más de 600 mil seguidores a votar, Jorge Alís realizó una transmisión en vivo mientras se encontraba en la urna en su local de votación. 

El humorista realizó un video de tres minutos, mientras hablaba con sus seguidores en voz baja para no ser pillado. Aún así tuvo espacio para responder varios comentarios, incluyendo la confesión de que era muy chileno, a pesar de su nacionalidad argentina. 

La grabación que podría haberle traído problemas al humorista

En la transmisión en vivo, Jorge Alís va mirando cada papeleta mientras saluda. El comediante se tomó su tiempo para votar, por lo que sus seguidores le enviaron mensajes para que se «apurara» y no hiciera esperar a la gente. 

Además, el comediante bromeó con que eran muchos los candidatos que salían en las papeletas. Lo que hacía más difícil elegir una buena opción para estas elecciones presidenciales. «¿Están ahí? Vota por el 7… ni en pedo voto 7, no sé que mierda votar», contaba Alís, para luego asegurar «son todos unos ladrones los diputados». 

«Los quiero lindos, muy contento de haber votado» aclaró el comediante para luego terminar la transmisión en vivo que aún se puede ver en el Instagram de Jorge Alís. Pero no todos sus seguidores estuvieron contentos, ya que muchos le comentaron que se podía meter en problemas.

«Eso es ilegal», «no puedes mostrar tu votación, te van a llevar preso», «vota luego, piensa en los que están esperando, malo tu chiste». 

¿Cuáles son las multas si me pillan grabando mi voto?

Tal como informa el Servel, grabar o fotografiar los votos tiene una multa que va desde cárcel hasta un elevado pago en UTM. 

Todo esto por la ley 18.700, que indica que quienes sean «sorprendidos empleando cualquier procedimiento o medio encaminado a dejar constancia de su preferencia al momento de sufragar», tendrán una multa de reclusión menor en grado medio o una sanción tributaria de 10 a 50 UTM. 

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