Plebiscito Constitucional: Revisa si eres vocal de mesa y dónde debes votar

Además, ya se pueden excusar de ser vocal de mesa las personas que cumplen ciertos requisitos.

Desde este sábado que el Servicio Electoral (Servel) dio a conocer la nómina de quienes serán vocales de mesa y miembros de los Colegios Escrutadores en el plebiscito constitucional de este 25 de octubre. Junto con esto, también se informó de los locales y mesas de votación.

Para quienes quieran conocer esta información, ya se encuentra disponible en la sección de Consulta de Datos Electorales del sitio web de Servel. Los datos también se pueden revisar en plebiscitonacional2020.cl, llamando al call center 600 6000 166 o descargando la app que el Servel puso a disposición.

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El organismo recordó que cada elector debe informarse si ha sido o no designado vocal de mesa. Estos vocales serán capacitados luego de la constitución de mesas, a partir de las 15:00 horas el próximo 24 de octubre, en su local de votación. También habrá material digital de apoyo para las capacitaciones, donde se difundirán las medidas sanitarias con la que los vocales de mesa contará ante el Covid-19.

¿Quiénes se pueden excusar de la labor de vocal de mesa?

Hay que mencionar que entre el 5 y 7 de octubre, las personas que necesiten excusarse de la labor de vocal de mesa, pueden presentar por escrito sus causales.

Aquellos que pueden excusarse son:

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones dentro de la Ley N° 18.700.
  • Si se tiene 60 años o más.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, que debe ser acreditado con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los mismos días en que funcionen las Mesas, que debe acreditarse con certificado del director del establecimiento de salud.
  • Estar embarazada o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas post parto.

Tras este período de excusas, la Junta Electoral presentará una nueva nómina de vocales reemplazantes el próximo 10 de octubre, quienes no podrán excusarse.


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