Agencia UNO
El mes de septiembre llega con buenas noticias para miles de chilenos, ya que se activan distintos aguinaldos de Fiestas Patrias destinados a pensionados, trabajadores del sector público y, en algunos casos, empleados del sector privado.
Estos beneficios buscan aliviar los gastos típicos de estas celebraciones, como alimentos, reuniones familiares y actividades festivas.
Aguinaldos en las Fiestas Patrias
Existen al menos tres tipos de beneficios económicos para las celebraciones nacionales durante el mes de septiembre, estos son:
Aguinaldo para pensionados: monto y requisitos
De acuerdo con la Ley 21.724, el aguinaldo de Fiestas Patrias 2025 para pensionados será de $25.280, con un aumento adicional de $12.969 por cada carga familiar acreditada.
Este pago único se entrega junto con la pensión y no requiere postulación. Está dirigido a:
- Pensionados de ex-cajas de previsión.
- Beneficiarios de leyes de Exonerados Políticos (Rettig y Valech).
- Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Mutualidades de empleadores.
- Beneficiarios de la PGU (Pensión Garantizada Universal).
- Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
- Subsidio por Discapacidad Mental.
- Indemnizaciones del Carbón.
Trabajadores del sector público
Este beneficio se otorga automáticamente a los funcionarios que estén en planta o contrata al 31 de agosto de 2025.
Los montos son:
- $88.667 para remuneraciones líquidas iguales o inferiores a $1.025.622.
- $61.552 para remuneraciones superiores a ese monto.
Incluye a funcionarios de ministerios, servicios públicos, municipalidades, universidades estatales y otros organismos del Estado.
Aguinaldo en el sector privado: cuándo es obligatorio
En el sector privado, el aguinaldo no es obligatorio por ley, pero sí puede exigirse si:
- Está estipulado en el contrato individual de trabajo.
- Forma parte de un contrato colectivo vigente.
- Ha sido entregado regularmente por la empresa, constituyendo un derecho adquirido.
Fechas de pago
El calendario de pago varía según el tipo de beneficiario:
- Pensionados: junto con el pago habitual de la pensión en septiembre.
- Trabajadores públicos: incluido en la liquidación de sueldo de septiembre.
- Trabajadores privados: según lo acordado en contrato o convenio colectivo.
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